CONTRIBUCIONES PARA CURSOS DE FORMACIÓN/ACTUALIZACIÓN PARA DOCENTES DE ITALIANO EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS
Fecha límite para recibir las solicitudes: 16 de marzo 2026
- ¿Cuál es el objetivo de estas contribuciones?
Las contribuciones están destinadas a promover la lengua y la cultura italiana en universidades extranjeras mediante la organización de cursos de formación y actualización dirigidos a docentes de italiano en servicio en universidades locales.
- ¿Quién puede solicitar la contribución?
Pueden solicitarla universidades públicas o privadas extranjeras que operen en el territorio de competencia de la Representación diplomática italiana. La solicitud debe presentarse a través de la Embajada o sede competente, en este caso el Instituto italiano de Cultura de la Ciudad de México.
- ¿Pueden solicitar la contribución universidades donde haya un lector ministerial?
Sí.
Sin embargo: si el lector actúa como formador, no podrá recibir compensación con cargo a la contribución. Si participa como asistente, solo podrá hacerlo como oyente y no será contabilizado entre los participantes.
- ¿Qué cursos NO son financiables?
No se financian:
- Cursos realizados en Italia o fuera del país de servicio.
- Cursos curriculares ordinarios.
- Congresos, seminarios, conferencias o debates.
- Gastos de participación de docentes en eventos.
- Cursos dirigidos a estudiantes universitarios que aspiren a ser docentes (pueden asistir como oyentes, pero no contarse como participantes).
- Gastos como comidas, recepciones, almuerzos o cenas.
- Gastos de viaje o alojamiento de los participantes.
- ¿Qué gastos pueden cubrirse?
Solo gastos directamente relacionados con la realización didáctica del curso. Los costos incluidos en la categoría “Otros” deben referirse exclusivamente a la actividad formativa. La contribución cubre solo una parte del costo total y la universidad debe indicar qué gastos puede cubrir con fondos propios.
- ¿Qué criterios se utilizan para la asignación?
Se tendrán en cuenta:
- Correcto uso de contribuciones anteriores.
- Número de participantes.
- Dificultad para encontrar docentes cualificados en el país.
- Impacto en la promoción del italiano.
- Facultad donde se realiza el curso (prioridad a sectores estratégicos como ciencia, arquitectura, diseño, economía, enogastronomía).
- Innovación y uso de nuevas tecnologías (e-learning, e-books, etc.).
- Nivel de relaciones bilaterales.
- Prioridad atribuida por la Embajada.
- Coherencia económica de la solicitud.
- ¿En qué plazo deben utilizarse los fondos?
Los fondos deben utilizarse dentro del Año Académico correspondiente.
Ejemplo: Las contribuciones concedidas en el E.F. 2026 deberán utilizarse antes de la finalización del A.A. 2026-27 (según calendario boreal o austral).
- ¿Qué ocurre si los fondos no se utilizan o se utilizan incorrectamente?
Los fondos no utilizados o mal utilizados deben devolverse antes del 30 de septiembre de 2026. La devolución es condición indispensable para poder recibir futuras contribuciones.
Si no es posible la recuperación (debidamente motivado antes del 30/09/2026), futuras asignaciones podrán reducirse por el importe no justificado.
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
La solicitud debe incluir:
- Carta oficial de solicitud y motivación (máximo una página)
- Formulario A (solicitud de contribución)
- Formulario B (informe final sobre el último financiamiento recibido, si corresponde)
- Carta de la universidad
Debe:
- Estar redactada en papel membretado.
- Estar firmada por el Responsable académico.
- Llevar sello oficial.
- Incluir motivación clara y detallada.
- Formulario A
- Debe completarse en todas sus partes.
- Incluye sección para la universidad y sección para la Embajada.
- Debe rellenarse digitalmente.
- No se puede modificar el texto original.
- Debe estar fechado, firmado y sellado.
- Los importes deben indicarse en euros.
- Formulario B (Informe final)
- Obligatorio para universidades que hayan recibido contribuciones en el 2025, o en el quinquenio 2020-2024-
- Debe presentarse incluso si no se solicita nueva contribución.
- La presentación del informe final es condición indispensable para la concesión y liquidación.
Tamaño de archivos
Cada archivo no debe superar los 4 MB.